En mi primera participación en este blog, he querido abordar un tema tan de actualidad como es el Metaverso, quién no ha oído hablar de ellos, “los metaversos están de moda”. Sabemos muy poco, hay mucho vacío legal, pero estoy segura de que nos traerá más post a lo largo de los meses.
Empieza la “partida”. ¿Qué es el Metaverso?
Se define como un espacio online donde se crea la posibilidad de trabajar, estudiar, viajar, tener ocio, comprar, vender, suscribir contratos, casarse, divorciarse, inventar, componer, construir, demandar, proporcionar servicios, hacer la compra e ir a cine…, así como cometer delitos contra otros usuarios o ciudadanos, entre otras actividades del mundo real. Supone la siguiente generación de internet.
¿Qué papel “juega” la legislación en este nuevo mundo de realidad virtual?
Qué normas lo regularán, qué será ético realizar o no en él, quién velará y cómo por el cumplimiento de las leyes.
Pueden concurrir diversas situaciones o conflictos que requieran respuestas y estrategias legales adecuadas. Pensemos en los derechos del consumidor. ¿Qué sucede con el consentimiento dentro del metaverso?
Un “avatar” se une, el consumidor/usuario.
Es importante destacar que, la publicidad e información sobre este mundo que se facilite al usuario debe ser clara, legible, accesible y transparente.
El consentimiento informado es una pieza fundamental en este “juego”, es por ello, que resulta necesario establecer normas que permitan identificar a los usuarios, y asegurarse de que entienden las consecuencias del uso del Metaverso. Cuando los avatares se utilizan como forma de identificación, la persona y los datos personales se vuelven susceptibles de ser copiados, robados, borrados o manipulados.
“Entra en juego un nuevo avatar – DATA PRIVACY” – La Protección de Datos.
La participación en el metaverso implicará gran variedad de datos personales que se recogerán mientras las personas hacen su vida virtual. Conllevará grandes responsabilidades en esta materia, y las empresas que desarrollen o participen en el metaverso tendrán que cumplir la legislación sobre protección de datos generando responsabilidades sobre los mismos.
Numerosos ejemplos “se unen a la partida”.
Por ejemplo, en algunos metaversos (véase Sandbox entre otros), es posible comprar parcelas y llevar a cabo proyectos inmobiliarios. Cabe preguntarnos si sería posible hipotecar esas parcelas, arrendarlas e incluso heredarlas.
Recientemente se ha publicado una noticia en la que un avatar “usuaria” denunciaba ser víctima de acoso sexual, cómo nos afecta, qué protección jurídica tiene.
En enero de 2022, la Comisión Europea propuso una Declaración de principios y derechos que guíe la transformación digital en la UE, que hace referencia a los principios y derechos que deberán tenerse en cuenta en el Metaverso. A nosotros nos ayudará, la Carta de Derechos Digitales, para la interpretación de la legislación existente a la hora de aplicarla a las nuevas tecnologías, esto es, será de aplicación al Metaverso.
Concluyendo, no sabemos si al final las empresas tecnológicas tendrán éxito en el metaverso, y si ha venido para quedarse, pero lo que sí sabemos es que los abogados debemos estar preparados para poder dar una respuesta legal a nuestros clientes, y desde DOBLE A CONSULTING, contamos con un grupo de profesionales del derecho, dispuestos a ser “avatares virtuales”.
Comienza el siguiente nivel… La propiedad intelectual e industrial en el Metaverso.