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Tarjetas Revolving

El Supremo declara “usurario” el tipo de interés de una tarjeta revolving de Wizink

El pasado 4 de marzo el Tribunal Supremo dictó su Sentencia 149/2020 en la que declaró usurario el interés de una tarjeta revolving de WIZINK. La Sentencia versa sobre un préstamo, concedido inicialmente al 26,82% TAE modificado después al 27,24%, que ha sido declarado abusivo por la Ley de Usura de 1908. Además se aborda la falta de transparencia en estos contratos complejos así como que al tratarse de una cuota mensual de importe muy bajo, se paga gran parte de intereses y no se amortiza capital, lo que provoca que el usurario quede cautivo en una deuda que no termina de pagar nunca.

¿Qué son las tarjetas revolving?

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que las compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma y dentro de un límite de crédito, se pagan a plazos. La principal “ventaja”, aparentemente, es que tú decides cuánto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija cada mes, que suele y puede ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente.

La realidad es que las tarjetas revolving funcionan como microcréditos y aplican unos intereses abusivos, entre el 20 y el 30% (mucho más altos que los registrados por el Banco de España para créditos personales); y pagando cuotas mensuales bajas y con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente. Por una compra de 900€ puedes acabar pagando 2.900€.

¿Qué se puede reclamar?

El Tribunal Supremo amparándose en la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, en su Sentencia de fecha de 25 de noviembre de 2015 anuló una tarjeta revolving, por considerar que su tipo establecido en el 24,60% TAE era usurero. La contratación de la tarjeta fue en junio de 2001, siendo en ese momento el doble del interés medio ordinario en las operaciones de consumo.

El 4 de marzo hemos conocido una nueva sentencia del Supremo que respondía a un recurso interpuesto por la entidad Wizink, confirmando la usura de una de sus tarjetas revolving. En el caso en cuestión, se trata de un contrato del 2012, con tipo remuneratorio de 26,82% TAE, llegando incluso al 27,24% en el momento de presentación de la demanda. Al ser el tipo de interés medio del crédito para operaciones de tarjetas de crédito y revolving, entorno al 20% anual, el tipo remuneratorio se considera muy elevado y una diferencia apreciable los 7 puntos básicos de diferencia.

Puedes reclamar la nulidad de el contrato de estas tarjetas y la devolución de los intereses cobrados en exceso. Se pueden dar dos supuesto:

  • Si has liquidado la tarjeta o amortizado la deuda: puedes reclamar la nulidad del contrato y la devolución del exceso de intereses
  • Si no has liquidado la totalidad de la deuda: puedes reclamar la nulidad del contacto y el exceso de intereses destinarlo a amortizar totalmente la deuda.

 

Nosotros no entendemos reclamable el seguro por lo que no tiene sentido indicarlo dentro de la info de la web (No se reclama porque entendemos que los seguros de amortización despliegan efectos desde el inicio del contrato, con independencia del interés aplicable al préstamo o tarjeta), por lo que no procede la devolución del importe de las primas mensuales.

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